Recibo de alquiler: cuándo es obligatorio, qué incluir y modelo
El arrendador debe entregar un recibo de alquiler, salvo que se haya pactado un procedimiento que acredite el pago efectivo. Si se usa transferencia, el movimiento debe ser trazable e identificar bien la mensualidad. Tanto el recibo como el documento que lo sustituya deben separar la renta vigente de comunidad, IBI, suministros u otros conceptos.
¿Es obligatorio entregar un recibo de alquiler?
Sí, con una excepción. El artículo 17.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) obliga al arrendador a entregar recibo del pago al inquilino, salvo que las partes hayan pactado que el pago se realice mediante procedimientos que acrediten el cumplimiento efectivo de la obligación.
La norma no exige duplicar innecesariamente la prueba. Si el contrato establece una transferencia o domiciliación y el movimiento bancario demuestra que la cantidad llegó al destinatario, ese documento puede sustituir al recibo. Una simple orden de transferencia pendiente, cancelada o rechazada no acredita el pago efectivo.
Desde la reforma introducida por la Ley 12/2023, el artículo 17.3 dispone como regla que el pago se haga por medios electrónicos. Excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos y lo solicite, puede pagarse en metálico y en la vivienda arrendada. En ese supuesto el recibo resulta especialmente importante.
¿Qué debe incluir el recibo de alquiler?
La exigencia expresa de la LAU es separar las cantidades abonadas por los distintos conceptos que componen el pago e identificar específicamente la renta en vigor. Para que el documento sea útil y vincule el pago con un contrato concreto, conviene incluir:
- Arrendador: nombre y apellidos o razón social; no difundas más datos personales de los necesarios.
- Arrendatario: persona de quien se recibe el pago, aunque lo ordene un tercero por su cuenta.
- Vivienda: dirección suficiente para identificar el inmueble arrendado.
- Periodo: mes y año, o fechas exactas si no coincide con una mensualidad natural.
- Desglose: renta vigente, comunidad, IBI, suministros u otros conceptos pactados, cada uno en su línea.
- Total y medio: cantidad recibida, fecha de cobro y forma de pago.
- Validación: lugar, fecha y firma del arrendador o una emisión electrónica que permita identificar su origen.
El artículo 20.4 remite al mismo sistema de acreditación para los gastos generales y servicios repercutidos. Si cobras 900 € de renta y 60 € de comunidad, no pongas solo «960 € de alquiler»: refleja ambos importes por separado. Esto permite comprobar el cumplimiento del contrato y evita confundir la base de futuras actualizaciones.
¿La transferencia bancaria sirve como recibo?
Puede servir si se ha pactado ese procedimiento y acredita el cumplimiento efectivo. Para reducir ambigüedades, la cláusula de pago debe indicar cuenta, periodicidad y plazo, y el concepto de la transferencia debería identificar la vivienda o contrato y el periodo.
| Situación | Prueba recomendable | Precaución |
|---|---|---|
| Transferencia | Justificante ejecutado y extracto con destinatario, importe, fecha y concepto. | Una orden programada no demuestra que el dinero llegara. |
| Domiciliación | Apunte bancario del cargo y del abono, con referencia del recibo. | Comprueba devoluciones posteriores. |
| Efectivo excepcional | Recibo fechado y firmado en el momento de la entrega. | No aceptes dinero sin documentar cada concepto. |
| Pago de un tercero | Concepto que indique por qué inquilino, inmueble y mes paga. | El nombre del ordenante puede no coincidir con el obligado del contrato. |
| Pago parcial | Recibo que indique cantidad recibida, deuda total del periodo y saldo pendiente. | No lo redactes como si la mensualidad quedara totalmente saldada. |
Guardar solo una captura recortada del móvil es menos sólido que conservar el documento descargado o el extracto. Organiza los justificantes por vivienda y año, y haz una conciliación mensual. Si la transferencia suma renta y gastos, conserva también el desglose comunicado al inquilino.
Modelo de recibo de alquiler
Este texto cubre una mensualidad ordinaria. Adáptalo al contrato y elimina cualquier línea que no corresponda:
RECIBO DE PAGO DEL ALQUILER
Don/Doña [nombre del arrendador] declara haber recibido de Don/Doña [nombre del arrendatario] la cantidad total de [total] €, correspondiente al periodo [mes y año / fechas] del arrendamiento de la vivienda situada en [dirección].
Desglose:
Renta vigente: [importe] €
Gastos de comunidad pactados: [importe] €
IBI u otro tributo pactado: [importe] €
Suministros u otros conceptos: [importe y concepto] €
Total recibido: [importe] €
Medio de pago: [transferencia / domiciliación / efectivo excepcional].
Referencia, si existe: [referencia].
En [lugar], a [fecha].
Firma o validación del arrendador: ____________________
No incluyas «recibido y saldado» si falta parte de la renta, hay un gasto pendiente o el abono todavía puede devolverse. Para varios meses, enumera cada periodo y cantidad en lugar de usar una referencia genérica.
¿Recibo de alquiler y factura son lo mismo?
No. El recibo acredita el pago en la relación arrendaticia; la factura responde a obligaciones tributarias y tiene requisitos propios. La Agencia Tributaria indica que el propietario que alquila una vivienda no está obligado, con carácter general, a expedir factura, salvo que el destinatario sea otro empresario, una persona jurídica o una Administración pública.
La AEAT añade que también debe emitirla cuando un destinatario particular la exige para ejercer un derecho de naturaleza tributaria o cuando otra normativa lo impone. Además, el alquiler de vivienda para uso estable y permanente está exento de IVA con las condiciones explicadas por la propia Agencia, mientras que un local, determinados servicios o usos distintos pueden tener otro tratamiento.
Por tanto, no reutilices este modelo como factura de un local ni deduzcas que todo arrendamiento de vivienda queda igual por el simple nombre del contrato. Si hay empresa arrendataria, actividad económica, cesión posterior, servicios propios de hospedaje o uso mixto, revisa el caso fiscal antes de emitir documentos.
Cómo organizar los cobros del alquiler
- Define el medio en el contrato. Incluye IBAN o sistema pactado, fecha de pago y concepto recomendado. El generador de contrato de vivienda permite personalizar la cláusula.
- Separa renta y gastos. Revisa qué importes son repercutibles y cómo se pactaron. La guía sobre IBI, comunidad y suministros explica las diferencias.
- Verifica el abono. No marques una mensualidad como pagada solo por recibir una captura o aviso.
- Emite recibo cuando proceda. Es imprescindible si no existe un procedimiento pactado que pruebe el pago y especialmente relevante en el efectivo excepcional.
- Archiva sin mezclar. Conserva contrato, recibos, extractos y comunicaciones por vivienda, año y mensualidad.
- Actúa pronto ante una diferencia. Comunica por escrito cualquier pago incompleto o concepto no identificado; no modifiques después el recibo ya entregado sin dejar rastro de la corrección.
Un buen archivo también ayuda al calcular ingresos y gastos del alquiler. Para esa cuenta económica puedes usar la calculadora de rentabilidad; para el tratamiento tributario, consulta la guía de gastos deducibles en el IRPF.
Deja la forma de pago bien pactada
Crea un contrato de vivienda habitual con renta, fecha, cuenta bancaria, gastos y garantías diferenciados. Si ya existe un conflicto sobre pagos o justificantes, revisa el caso antes de firmar reconocimientos de deuda.
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¿Es obligatorio entregar un recibo de alquiler?
Sí, el artículo 17.4 de la LAU obliga al arrendador a entregar recibo, salvo que se haya pactado un procedimiento de pago que acredite el cumplimiento efectivo, como una transferencia correctamente identificada y trazable.
¿La transferencia bancaria sirve como recibo del alquiler?
Puede sustituirlo si el procedimiento se pactó y acredita el pago efectivo. Conviene que el concepto identifique vivienda, mensualidad y pagador, y que los gastos repercutidos queden separados. Una orden pendiente o rechazada no acredita el cobro.
¿Qué datos debe llevar un recibo de alquiler?
La LAU exige separar las cantidades abonadas por cada concepto y, en particular, la renta vigente. Para identificar bien el pago conviene añadir partes, vivienda, periodo, fecha, medio, total y firma o validación del arrendador.
¿Recibo de alquiler y factura son lo mismo?
No. El recibo acredita el pago conforme a la LAU; la factura responde a obligaciones tributarias. La AEAT indica que el propietario que alquila vivienda no debe facturar con carácter general, salvo determinados destinatarios o cuando el particular la exija para ejercer un derecho tributario u otra norma lo requiera.
¿Qué ocurre si el propietario no entrega recibo?
El artículo 17.4 establece que serán de cuenta del arrendador los gastos que se originen al inquilino para dejar constancia del pago. Lo prudente es reclamarlo por escrito y conservar toda la trazabilidad disponible.
Fuentes oficiales consultadas
- BOE: Ley 29/1994 de Arrendamientos UrbanosArtículos 17.3 y 17.4 sobre medio y acreditación del pago, y artículo 20.4 sobre gastos repercutidos. Texto consolidado consultado el 17/08/2026.
- Agencia Tributaria: facturación en arrendamientosRespuesta oficial sobre cuándo el propietario que alquila una vivienda debe expedir factura. Consultada el 17/08/2026.
- Agencia Tributaria: IVA y alquiler de viviendaExención del arrendamiento para uso estable y permanente y diferencias con otros usos. Consultada el 17/08/2026.
- Junta de Extremadura: modelo oficial de recibíReferencia administrativa para identificar partes, inmueble, medio, periodo, importe, fecha y firma.
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Aviso legal. Contenido informativo sobre normativa española, actualizado el 17 de agosto de 2026. No constituye asesoramiento jurídico o fiscal ni sustituye la revisión del contrato y de las circunstancias concretas.