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Impago y suministros
Publicado y revisado el 27 de agosto de 2026 · 11 min de lectura

Inquilino no paga suministros: qué hacer como casero

Si el inquilino no paga los suministros, primero comprueba quién figura como titular y qué dice el contrato de alquiler. Reúne las facturas, separa consumos y periodos, reclama por escrito y conserva la entrega. No uses el corte de luz, agua o gas como presión: la deuda debe resolverse por acuerdo o por la vía legal correspondiente.

Respuesta rápida: los servicios individualizados mediante contador son de cuenta del arrendatario por el artículo 20.3 LAU. Sin embargo, frente a la compañía responde quien resulte obligado por el contrato de suministro. Si sigue a nombre del propietario, este puede tener que pagar a la empresa y reclamar después al inquilino.

¿Quién paga los suministros en un alquiler?

El artículo 20.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que los servicios de la vivienda individualizados mediante contadores son, en todo caso, de cuenta del arrendatario. Es la regla habitual para electricidad, gas y agua cuando se conoce el consumo de esa vivienda.

Pero existen dos relaciones distintas. El contrato de alquiler distribuye gastos entre propietario e inquilino. El contrato de suministro determina quién es cliente de la comercializadora o prestador del servicio. Cambiar la cuenta bancaria donde se domicilia un recibo no cambia necesariamente al titular contractual.

ConfiguraciónFrente a la compañíaEntre propietario e inquilino
Suministro a nombre del inquilinoLa compañía gestiona cobros y reclamaciones con su cliente según el contrato de suministro.El propietario debe guardar prueba de la titularidad y evitar asumir o manipular esa relación.
A nombre del propietario, domiciliado al inquilinoEl titular sigue expuesto frente a la compañía aunque la cuenta de cargo sea otra.Puede reclamar al inquilino los consumos que le correspondan y estén acreditados.
A nombre del propietario y pagado por élEl propietario atiende el contrato de suministro.Repercute el coste real según contrato, factura, vivienda y periodo de consumo.
Suministro incluido en una cantidad fijaDepende de quién sea titular.Hay que aplicar la cláusula pactada; no se pueden añadir consumos al margen de ella sin base.

Antes de reclamar, identifica también si el contador es individual o si agua o calefacción se facturan a través de la comunidad. En el segundo caso habrá que revisar el contrato, el reparto aprobado y la documentación del consumo; no conviene presentar como lectura individual una cantidad calculada por otro criterio.

Qué hacer si el inquilino no paga luz, agua o gas

  1. Lee el contrato de alquiler. Localiza la cláusula de suministros, qué conceptos incluye, quién debía cambiar la titularidad y cómo se entregan facturas.
  2. Comprueba el contrato de suministro. Anota titular, dirección, CUPS o referencia, periodo de facturación, cuenta de cargo y estado de cada recibo.
  3. Calcula solo la deuda acreditada. Relaciona factura, fechas, importe, pagos parciales y vivienda. No mezcles recibos anteriores a la entrada o posteriores a la entrega de llaves.
  4. Entrega copia de las facturas. El requerimiento debe permitir al inquilino comprobar consumo, periodo e importe, no limitarse a una cifra global.
  5. Reclama por escrito. Indica el total, el desglose, la base contractual, una fecha de pago y un medio trazable. Conserva el contenido y la recepción.
  6. Propón una solución proporcionada. Si se reconoce la deuda, un calendario escrito puede evitar que siga creciendo. Separa cualquier acuerdo de la renta corriente.
  7. Escala por el cauce legal. Si no hay pago, valora reclamación de cantidad o resolución con asesoramiento, atendiendo al contrato, la prueba y los requisitos procesales vigentes.

Si la compañía ha devuelto un recibo, guarda tanto la factura como el justificante de devolución y cualquier recargo efectivamente aplicado. Un extracto bancario aislado puede no mostrar a qué vivienda o periodo pertenece; acompáñalo con el documento del proveedor.

¿Puede el casero cortar los suministros por impago?

No debe solicitar una baja, manipular el contador ni dejar de pagar con la finalidad de presionar al inquilino para que abandone la vivienda. El propietario ha cedido su uso y debe canalizar el incumplimiento por las vías legales. El propio artículo 27.3.b LAU permite al arrendatario resolver cuando el arrendador perturba de hecho o de derecho la utilización de la vivienda.

Tampoco debe entrar sin consentimiento para fotografiar contadores interiores, cambiar cerraduras o retirar equipos. Pide la lectura por escrito, usa datos de facturación o acuerda una visita. Si existe una emergencia real, el acceso y la actuación deben responder a esa emergencia, no convertirse en un método de cobro.

No confundas impago con ocupación sin título. Mientras exista un contrato o una situación posesoria que deba resolverse, actúa como un conflicto arrendaticio. No apliques noticias o criterios sobre inmuebles ocupados ilegalmente a un inquilino sin revisión jurídica del caso.

¿Se puede resolver el contrato por no pagar suministros?

El artículo 27.2.a LAU permite al arrendador resolver por falta de pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario. Los suministros individualizados pueden encajar en esa categoría, pero no basta con afirmar que existe una deuda.

Hay que probar qué obligación asumió el inquilino, qué servicio corresponde a la vivienda, qué periodo está vencido y qué importe sigue pendiente. También deben valorarse la claridad de la cláusula, la titularidad, pagos parciales, discrepancias sobre la factura y la proporcionalidad de la respuesta. Una devolución bancaria reciente no equivale por sí sola a una resolución automática.

Si se plantea una demanda, revisa además el requisito de negociación previa aplicable al caso. La Ley Orgánica 1/2025 introdujo medios adecuados de solución de controversias (MASC) como requisito general de procedibilidad en asuntos civiles, con excepciones y reglas de acreditación. Asesorfy dispone de una guía específica sobre la oferta vinculante confidencial; no improvises el intento si puede acabar en juicio.

Cómo redactar el requerimiento de pago

Un requerimiento útil debe ser concreto y comprobable. Incluye:

Si renta y suministros están ambos pendientes, desglósalos. Así se evita que un pago parcial quede sin imputación clara. Un burofax con certificación de contenido y acuse puede aportar prueba de lo comunicado y recibido; conserva también el contrato, anexos y respuesta.

¿Pueden descontarse los recibos de la fianza?

Al terminar el alquiler, la liquidación puede reflejar deudas reales, vencidas y documentadas atribuibles al inquilino. Para suministros conviene anotar la lectura final al entregar llaves, separar cada periodo y entregar las facturas ya emitidas. Si alguna factura llega después, deja por escrito cómo se regularizará en vez de retener una cantidad redonda sin cálculo.

La fianza no sustituye el pago mensual mientras el contrato sigue vivo. Tampoco convierte cualquier estimación en deuda. El artículo 36.4 LAU prevé que el saldo en metálico que deba restituirse al arrendatario devenga interés legal si pasa un mes desde la entrega de llaves sin devolución. Liquida pronto, justifica cada descuento y devuelve el resto.

Si la deuda supera la fianza, el saldo no desaparece. Puede reclamarse con la documentación correspondiente. Si la factura incluye consumo posterior a la salida, una penalización ajena al inquilino o servicios añadidos contratados por el propietario, habrá que separar esos conceptos.

Cómo prevenir impagos de suministros

  1. Decide la titularidad al firmar. Si el inquilino contratará directamente, documenta el cambio y no te limites a cambiar la domiciliación.
  2. Entrega datos y lecturas. Anota CUPS o referencia y lectura de entrada en el contrato o inventario, con fotografías aceptadas por ambas partes.
  3. Redacta una cláusula separada. Distingue luz, agua, gas, internet, comunidad y otros conceptos; indica cómo se acreditan y pagan.
  4. Evita mantener servicios opcionales. Si el inquilino desea paquetes adicionales, deja claro quién los contrata y cancela.
  5. Revisa pronto las devoluciones. No acumules meses sin enviar facturas. Comunica cada incidencia con su documento.
  6. Registra la salida. Haz lectura final, fecha y entrega de llaves; solicita facturas de cierre y conserva el justificante del cambio de titular.

La guía de la CNMC recuerda que el punto de suministro y su CUPS identifican la conexión y que la contratación se gestiona con la comercializadora. Antes de firmar, confirma con cada proveedor sus requisitos actuales para cambio de titular, garantías y lectura, porque no todos los servicios ni municipios siguen el mismo procedimiento.

Ordena la deuda antes de reclamar

Reúne contrato, facturas, devoluciones, comunicaciones y lectura del contador. Si la titularidad o la cláusula no están claras, revisa el caso antes de enviar un requerimiento o iniciar acciones.

Revisar mi caso → Ver documentos →

Preguntas frecuentes

¿Quién debe pagar la luz, el agua y el gas en un alquiler?

Los servicios individualizados mediante contador son de cuenta del arrendatario según el artículo 20.3 LAU. Frente a la compañía, la obligación se rige además por el contrato de suministro y por quién figura como titular.

¿Puede el propietario cortar los suministros si el inquilino no paga?

No debe usar el corte como presión ni pedir una baja para forzar la salida. Debe documentar y reclamar la deuda por vías legales; una actuación unilateral puede perturbar el uso de la vivienda y generar responsabilidad.

¿Se puede resolver el alquiler por impago de suministros?

El artículo 27.2.a LAU contempla la falta de pago de cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario. La viabilidad concreta depende del contrato, la titularidad, la prueba, la cuantía y el procedimiento, por lo que conviene revisión profesional antes de demandar.

¿Puedo descontar suministros pendientes de la fianza?

La liquidación puede reflejar deudas reales, vencidas y documentadas atribuibles al inquilino. Deben entregarse facturas, periodos y cálculo, y devolverse el saldo que corresponda; no conviene retener una cifra estimada sin justificarla.

¿Es lo mismo cambiar la domiciliación que cambiar el titular?

No. Cambiar la cuenta bancaria solo modifica desde dónde se cobra. Cambiar la titularidad sustituye a la persona contratante frente a la comercializadora, de acuerdo con sus trámites y condiciones.

Fuentes oficiales consultadas

Alertas normativas para caseros

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Aviso legal. Contenido informativo sobre normativa española, actualizado el 27 de agosto de 2026. No constituye asesoramiento jurídico. La respuesta depende del contrato de alquiler, del contrato de suministro, de la prueba disponible, del tipo de servicio y de la situación concreta.